El Juez Único del Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL, RESUELVE
1º. IMPONER al SPORT CLUB INTERNACIONAL una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el SPORT CLUB INTERNACIONAL de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º . IMPONER al SPORT CLUB INTERNACIONAL una ADVERTENCIA.
3º. APERCIBIR formalmente al Señor ODAIR HELLMANN que en caso de reiterarse una nueva infracción de esta naturaleza en la CONMEBOL Libertadores 2019 será suspendido un partido en competiciones organizadas por la CONMEBOL.
4º. ADVERTIR expresamente al SPORT CLUB INTERNACIONAL que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 21TER del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5º. NOTIFICAR y cumplido, archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Eduardo Gross Brown
Presidente Tribunal de Disciplina